Vicente de Cadenas y Vicent, de Gaztanaga y Nogues, Cronista Rey de Armas de número, único reconocido por el decreto de 13 de abril de 1951, decano del Cuerpo y el solo legítimamente acreditado ante el Ministerio de Justicia para la expedición de certificaciones de genealogía, nobleza y armas,
Certifico:
que el escudo de las armas que corresponde usar al Ilustrísimo Señor Don RICARDO DANIEL DE GANDINI ORCAIZAGUIRRE, natural de Victoria, partido de San Fernando, Buenos Aires (Argentina), nacido el 3 de junio de 1948, y vecino de Martínez, provincia de Buenos Aires; hijo legítimo de Don Amado Rogelio Antonio de Gandini Sciarretta y de Dona Laura Elvira Orcaizaguirre Hiriart; quedan organizadas y compuestas, por su primer apellido, de la siguiente manera:
ARMAS
En campo de gules (rojo) dos
dragones de sinople (verde) afrontados, puestos en palo, con las colas reunidas
y entrelazadas en punta.
Jefe de oro, con un águila de
sable (negro), lampasada de gules (rojo) y coronada de oro.
Va timbrado el escudo de Armas de
un casco de acero bruñido, con bordura y grilletas de oro, claveteado de lo
mismo, forrado de gules (rojo) y sumado de un burelete trenzado de oro y gules
(rojo) del que salen lambrequines de los mismos esmaltes, sumado a su vez de
una Corona de Noble italiano que es un círculo de oro bruñido, sumado de ocho
perlas, cinco vistas; sumada esta de una cabeza y cuello de dragón, de sinople (verde).
Divisa: En cinta de plata con
letras de sable (negro): "RECTA FIDES PROFICIT".
De dichas Armas, conforme quedan
descritas y pintadas, podrá hacer el Ilustrísimo Señor Don Ricardo Daniel de Gandini Orcaizaguirre,
haciéndolas grabar, esculpir y pintar en los sitios de costumbre, sin que se le
ponga impedimento alguno para ello, al quedar por esta certificación de
Blasones, amparado, ratificado, legalizado y legitimado el empleo de las
mismas, por el Ilustrísimo Señor Don Ricardo Daniel de Gandini Orcaizaguirre,
para quien se hace la atribución de ellas, así como para sus legítimos descendientes
en el lugar que les corresponda. Y para que conste donde convenga y a petición,
expido la presente certificación de Armas en uso de la facultad conferida por
las Reales Órdenes de 17 de noviembre de 1749 y 16 de junio de 1802, así como
por Real Decreto de 29 de abril de 1915 y por el Decreto del Ministerio de
Justicia de 13 de abril de 1951, por el que se regulan las funciones de los
Cronistas de Armas, quedando copia del presente Certificado en mi Minutario,
firmada y sellada con el de las mías, en Madrid a veinticuatro de junio de mil
novecientos noventa y seis, Festividad de la Natividad de San Juan Bautista.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario